Bono de Marzo

Si al 31 de diciembre de 2017 la persona cumplía todos los requisitos para ser beneficiario del bono de marzo y tenía causantes a esa fecha, puede regularizar retroactivamente esta situación directamente en su entidad administradora, es decir: entidad pagadora de pensión, Caja de Compensación, IPS, Administradora de Fondo de Cesantía, servicio público o municipio empleador, según sea su calidad de beneficiario.

Una vez regularizada la situación del modo descrito, y solo cuando las asignaciones familiares a que tiene derecho por esa causa le hubieren sido debidamente pagadas y compensadas (lo que será informado por su entidad administradora), la persona podrá acceder al Aporte Familiar Permanente 2017.

No es necesario inscribirse ni postular para recibir este beneficio. El Estado determina automáticamente quienes cumplen con los requisitos, y lo informa a través de www.aportefamiliar.cl.